En esta sección estará el catálogo de especies ordenadas por su categoría de conservación a nivel regional.
Primeros resultados estarán disponibles en el segundo semestre de 2007

Esta clasificación sera consistente con los criterios y categorías que ha establecido el Reglamento para la Clasificación de Especies (Decreto Supremo Nº 75/2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, SEGPRES).

Entre los criterios para la clasificación de las especies señalados en el Artículo 11 del Reglamento están:

  1. Presencia, rango de distribución y densidades, y tendencias de estas variables;
  2. Cantidad y calidad del hábitat, incluyendo su fragmentación y la tendencia de estas variables;
  3. Número y tamaño de las poblaciones conocidas;
  4. Las amenazas para su conservación, presentes y esperadas;
  5. Presencia y situación de la especie en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas; y
  6. Cantidad y calidad técnica de las prospecciones realizadas.
En el Artículo 12 del Reglamente, se indica “El procedimiento de clasificación de especies empleará, en la medida de lo posible, los criterios definidos por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) vigentes al momento de la clasificación…”. La versión vigente de la UICN es la 3.1 (UICN 2001). Se utilizarán además los criterios definidos por el Comité de Clasificación, incluyendo las recomendaciones de IUCN (2003) para clasificaciones a nivel regional.


Una iniciativa financiada por el Gobierno Regional de Atacama, bajo la responsabilidad de la Corporación nacional Forestal (CONAF) asociada con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA).